miércoles, 13 de mayo de 2020

El 17 de mayo de 1959, la redención del campesino cubano




.Orlando Guevara Núñez



La Reforma Agraria cubana cumple este 17 de mayo 61 años de promulgada. Fue firmada por el Comandante en Jefe Fidel Castro, en la Sierra Maestra, escenario principal de la guerra revolucionaria que, con el triunfo del 1ro. de enero de 1959, hizo posible un sueño de varias generaciones de campesinos del país.
Antes del triunfo de la Revolución, esa aspiración no pasó de un sueño inalcanzable, pese a que llegó a formar parte de la Constitución de 1940. En ese documento –artículo 90- estaba plasmado que “Se proscribe el latifundio y a los efectos de su desaparición le Ley señalará el máximo de la extensión de la propiedad que cada persona o entidad pueda poseer para cada tipo de explotación a que la tierra se dedique y tomando en cuenta las respectivas peculiaridades, la Ley limitará restrictivamente la adquisición de la tierra por personas y compañías extranjeras y adoptará medidas que tiendan a revertir la tierra al cubano”.
Esa decisión constitucional, sin embargo, no llegó nunca a materializarse. Quedó en la promesa y el engaño. Fue una burla más para los sufridos hombres del campo y los intereses vitales de la nación.
Trece años después de aquella Ley, ante el tribunal que lo juzgaba por los hechos del 26 de julio de 1953 – el asalto a los cuarteles Moncada y Carlos Manuel de Céspedes, en las ciudades de Santiago de Cuba y Bayamo, respectivamente – el entonces joven revolucionario Fidel Castro, jefe de la acción, exponía la realidad del sector agrícola cubano.
“El 85 por ciento de los pequeños agricultores está pagando renta y vive bajo la perenne amenaza del desalojo de sus parcelas. Más de la mitad de las mejores tierras de producción cultivadas está en manos extranjeras (…) Hay doscientas mil familias campesinas que no tienen una vara de tierra donde sembrar unas viandas para sus hambrientos hijos y, en cambio, permanecen sin cultivar, en manos de poderosos intereses, cerca de trescientas mil caballerías de tierras productivas”.
Esa ley eliminó para siempre el latifundismo en Cuba, hizo propietarios de la tierra que trabajaban a más de 100 000 campesinos y transformó la vida de los pobladores del campo. Fue la base para erradicar la miseria, el abandono y las precarias condiciones de vida de un sector poblacional que hasta ese momento había escuchado la palabra Reforma Agraria solo como un sueño que se desvanecía con el decurso de los años.
Ese campesinado, según una encuesta publicada en 1957 por una organización de la Juventud Católica, en un 96 por ciento no consumía carne habitualmente, menos del 1 por ciento comía pescado, apenas el 2 por ciento incluía el huevo en su dieta, mientras que 89 de cada cien no tomaban leche. La mortalidad infantil sobrepasaba la tasa de 60 por cada mil nacidos vivos, el analfabetismo estaba por encima del 40 por ciento y el desempleo era abrumador, pues sólo había empleo unos tres meses al año.

Pero el cambio de esa dramática situación no podía formar parte del programa de ninguno de los gobiernos burgueses y pro imperialistas de la etapa prerrevolucionaria cubana. Su misión era perpetuarla y acentuarla.
La distribución de la tierra era realmente injusta. El 92 por ciento de las más de 159 000 fincas existentes en 1958, poseía sólo el 28 por ciento de las áreas, mientras que el 1,4 por ciento de los propietarios era dueño del 46 por ciento de éstas.
Sólo nueve latifundios norteamericanos eran dueños de más de 100 000 caballerías. (Una caballería equivale a 13,42 hectáreas).
No en vano fue esta ley causante de una ira irracional del gobierno de los Estados Unidos y de los terratenientes, quienes no se resignaban a perder sus privilegios. Pero los cubanos redimidos no se amedrentaron. Y la Reforma Agraria fue. Muchos de los principales latifundistas eran norteamericanos. Y otros muchos nacionales se refugiaron de inmediato en ese país, donde recibieron un respaldo incondicional. No podían ocultar la validez de la Ley, pero hicieron todo lo posible por obstaculizarla.
En fecha temprana como el 12 de junio de 1959, una declaración de la administración norteamericana fijaba su posición: “Los Estados Unidos reconocen que, según el derecho internacional, un Estado tiene la facultad de expropiar dentro de su jurisdicción para propósitos públicos y en ausencia de disposiciones contractuales o cualquier otro acuerdo en sentido contrario; sin embargo, este derecho debe ir acompañado de la obligación correspondiente por parte de un Estado, en el sentido de que esa expropiación llevará consigo el pago de una pronta, adecuada y efectiva compensación”.
La primera afirmación es un derecho internacional. El sin embargo, una pretendida imposición yanqui que ponía a la Revolución en una disyuntiva: hacer o no hacer la Reforma Agraria. La opción fue continuarla, aún cuando el precio fuera la agudización de las confrontaciones con el Gobierno de los Estados Unidos y las fuerzas de la contrarrevolución.
El pago pronto, adecuado y efectivo, como fue planteado, se traducía, como lo denunció el Comandante en Jefe Fidel Castro, en un pago ahora mismo, en dólares y lo que los expropiados pidieran por sus antiguas propiedades. Las condiciones norteamericanas, por tanto, no eran objetivas ni cumplibles Comenzaron entonces las calumnias de que Cuba se negaba a cumplir con el pago. Nada más alejado de la realidad.
El Artículo 29 de la Ley de Reforma Agraria fijaba que “Se reconoce el derecho constitucional de los propietarios afectados por esta Ley, a percibir una indemnización por los bienes expropiados. Dicha indemnización será fijada teniendo en cuenta el valor en venta de las fincas que aparezcan de las declaraciones de amillaramiento municipal de fecha anterior al 10 de octubre de 1958. Las instalaciones y edificaciones afectables existentes en las fincas serán objeto de tasación independiente por parte de las autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley”.
En el Artículo 31, se reglamentaba que “La indemnización será pagada en bonos redimibles. A tales fines se hará una emisión de bonos de la República de Cuba en la cuantía, términos y condiciones que oportunamente se fijen. Los bonos se denominarán “Bonos de la Reforma Agraria” y serán considerados valores públicos. La emisión o emisiones se harán por un término de treinta años, con interés anual no mayor del 4 por ciento. Para abonar el pago de intereses, amortización y gastos de la emisión, se incluirá cada año en el Presupuesto de la República la suma que corresponda”.
Y más adelante, en el Artículo 32, se reglamentaba eximir a los perceptores de bonos, durante un período de diez años, del impuesto sobre la renta personal en la proporción derivada de la inversión que hicieran, en industrias nuevas, de las cantidades percibidas por la indemnización, incluyendo en ese beneficio a los herederos que realizaran esas inversiones.
En su aplicación los bonos se hicieron por el término de 20 años y con un 4,5 por ciento de intereses. Pero Estados Unidos no aceptó – como lo hicieron expropiados de otros países y muchos nacionales- esa fórmula de pago. Y se aferraron a la inaceptable variante del pago pronto, eficiente y justo.
No tuvieron en cuenta para esa absurda exigencia, que la mayoría de las propiedades agrícolas norteamericanas en Cuba fueron adquiridas al amparo de la Enmienda Platt –impuesta a la Constitución de este país como condición para su “independencia” del 20 de mayo de 1902- además de Ordenes Militares durante las intervenciones yanquis en este territorio.
En muchos casos, las “compras” resultaron una verdadera burla a la nación cubana y a su pueblo. Un solo ejemplo ilustra los demás: El 19 de abril de 1905, la norteamericana Nipe Bay Company, de Jersey City, adquirió, por la burlesca cifra de cien dólares, 3 713 caballerías, es decir, unas 49 800 hectáreas.
Puede afirmarse, con toda razón, que la Reforma Agraria expropió de forma legal, lo que los monopolios norteamericanos habían expropiado a la nación mediante fraudes.
A partir de entonces, se arreció la propaganda contra el comunismo, creció el apoyo a la contrarrevolución externa e interna, se incrementaron los sabotajes, surgieron las bandas de alzados organizadas, financiadas y dirigidas por la Agencia Central de Inteligencia yanqui, y se produjo, el 17 de abril de 1961, la invasión mercenaria de Playa Girón, en la cual venían 100 latifundistas, con el objetivo de recuperar las propiedades que ahora pertenecían al pueblo.
El 17 de mayo es día de fiesta para los campesinos cubanos. El festejo peremne por una ley que los  benefició  no sólo con la propiedad de la tierra, sino también con créditos, apoyo técnico, mercados seguros para sus productos, al tiempo que recibía los servicios de salud, educación, vivienda y otras mejoras sociales a las que nunca habían tenido acceso. Con esta ley se cumplía también uno de los más profundos deseos martianos: que la ley primera de la República fuera el culto de todos los cubanos  a la dignidad plena del hombre.


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